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Cuaderno de Campo Digital: Lo Que Debes Saber Sobre el Real Decreto 34/2025

Cuaderno de Campo Digital: Lo Que Debes Saber Sobre el Real Decreto 34/2025

Cuaderno de Campo Digital: Lo Que Debes Saber Sobre el Real Decreto 34/2025

Con el 2025 llega una nueva actualización del Cuaderno Digital de Explotación Agrícola (CUE). La reciente actualización normativa introduce importantes cambios, estableciendo el carácter voluntario del CUE durante un periodo transitorio y definiendo fechas clave para su implementación. Este enfoque busca ofrecer al sector agrario mayor flexibilidad y tiempo de adaptación a las nuevas exigencias digitales. Sin embargo, es crucial recordar que, a partir del 1 de enero de 2026, el registro electrónico de los tratamientos fitosanitarios será obligatorio para todos los operadores europeos15. Esta medida específica se mantiene independientemente de la voluntariedad temporal del CUE, subrayando la importancia de la digitalización en ciertos aspectos críticos de la gestión agrícola.

Tiempo de lectura: 4 minutos

El Cuaderno Digital de Explotación Agrícola (CUE) acaba de experimentar un cambio importante con el nuevo Real Decreto 34/2025.Esta actualización llega para simplificar las cosas a los agricultores, ofreciendo más flexibilidad y tiempo de adaptación. Los puntos clave son:

  1. Normativa europea:
    • Se mantienen las obligaciones de digitalización impuestas por la UE.
    • Estas se aplicarán según los plazos que marque Europa.
  2. Normativa española:
    • No añade obligaciones extra hasta el final del actual periodo de la PAC (31 de diciembre de 2027).
  3. Fechas importantes:
    • 1 de enero de 2026: Será obligatorio registrar electrónicamente los tratamientos fitosanitarios en toda Europa.
    • 1 de enero de 2028: El cuaderno digital de explotación será obligatorio, con el contenido mínimo que define el RD 1054/2022.

Cambios clave introducidos por el Real Decreto 34/2025

El Real Decreto 34/2025 introduce un cambio fundamental en el uso del Cuaderno Digital de Explotación Agrícola (CUE): su carácter obligatorio queda suspendido temporalmente y pasa a ser voluntario durante el actual periodo de la PAC (2023-2027), salvo en los casos en que la normativa europea exija su uso.

Este ajuste busca dar mayor flexibilidad al sector agrario, permitiendo a los agricultores elegir entre el formato digital o en papel para registrar sus actividades, hasta que el cuaderno digital sea obligatorio en el próximo periodo de programación de la PAC, a partir de 2028

Los principales cambios son:
1. Voluntariedad temporal del CUE

El Real Decreto 34/2025 modifica principalmente el Real Decreto 1054/2022, que establecía y regulaba el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola. Con esta modificación, se cambia el enfoque en el uso del cuaderno digital y ahora será voluntario, pero no definitivamente, sino hasta el próximo periodo de programación del Plan Estratégico de la Política Agraria Común (PAC), a partir de 2027.

Lo que en principio se pretende es simplificar la gestión administrativa, reducir cargas burocráticas y garantizar una transición gradual hacia la digitalización en el sector agrícola, manteniendo el cumplimiento de la normativa europea.

2. Plazos de implementación

La entrada en vigor de la voluntariedad del uso del cuaderno digital se hace de manera retroactiva a 1 de julio de 2023, para evitar algún tipo de perjuicio a los agricultores que pudiera derivarse del retraso de la publicación de la norma. Así, los agricultores que, conforme a la normativa de productos fitosanitarios, fertilizantes o intervenciones de la PAC deban cumplimentar un cuaderno de explotación, podrán elegir si prefieren que éste sea mediante la utilización de medios electrónicos o en soporte de papel.

  • Hasta el 31 de diciembre de 2025: Se permite mantener el registro en papel (cuaderno en papel).
  • A partir del 1 de enero de 2026: Será obligatorio el registro electrónico (cuaderno digital) para los tratamientos fitosanitarios, según el Reglamento UE 2023/564.
VISUAL CUE RD 34_2025 claves copia 2-100
3. Registro electrónico de actuaciones fitosanitaria

El Registro de Tratamientos Fitosanitarios es obligatorio desde la aprobación del Real Decreto 1311/2012. Actualmente, los agricultores pueden llevar este control en papel o en formato digital. Sin embargo, a partir del 1 de enero de 2026, será obligatorio realizar este registro de manera electrónica para todos los operadores agrarios, en cumplimiento del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/564. Esta medida busca unificar las normativas a nivel europeo y facilitar la trazabilidad de los tratamientos fitosanitarios

Os recordamos que sigue vigente el artículo 16 del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre por el cual toda la información de las actuaciones fitosanitarias deberá registrarse de manera electrónica en la aplicación que se habilite al efecto por la autoridad competente, con un plazo de volcado de esta información de un mes desde la fecha de realización de los tratamientos

Puedes consultar la información oficial aquí👇​:

¿Qué explotaciones deberán usar el Cuaderno Digital cuando sea obligatorio?

A partir del 1 de enero de 2028, cuando el Cuaderno Digital de Explotación Agrícola (CUE) se vuelva obligatorio, afectará a las siguientes explotaciones:

1. Explotaciones con más de 30 hectáreas:
  • Se suman las superficies de cultivos permanentes y tierras de cultivo.
  • No se incluyen los pastos temporales en este cálculo.
2. Explotaciones con más de 5 hectáreas de regadío.
3. Explotaciones con invernaderos:
  • Cuando la superficie total bajo cubierta supere las 0,1 hectáreas.
  • En este caso, el cuaderno digital será obligatorio solo para la superficie de invernaderos.

Es importante destacar que estas condiciones podrían estar sujetas a cambios futuros en la normativa. Recomendamos estar atentos a posibles actualizaciones que puedan afectar a tu explotación.

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Más allá de la obligatoriedad: Los beneficios de la digitalización

Aunque el Cuaderno Digital no sea obligatorio en este momento, la digitalización de cultivos y procesos ofrece ventajas competitivas significativas. Las herramientas digitales permiten:

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EXPO AGRITECH 24: LA FERIA DEL CAMPO 4.0

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Del 26 al 28 de noviembre se celebra en Málaga EXPO AGRITECH 24, la feria del campo 4.0 

Expo AgriTech 2024 es el lugar de encuentro para la digitalización del campo español. En un evento centrado en la innovación y la tecnología, más de 8.000 profesionales se dan cita en Málaga para conocer las últimas novedades en maquinaria, sistemas de riego, energía y otros campos críticos. Desde la PAC del próximo año hasta los equipos más avanzados, la feria es un escaparate para todas las herramientas que los agricultores necesitan para ser más productivos y sostenibles.

El 27 de noviembre, Mercedes Iborra, nuestra directora de Estrategia y co-founder participará en la mesa redonda “ASESORAMIENTO AGRARIO. EXPERIENCIAS Y CASOS REALES TECNICOS AGRICOLAS”, en donde se hablará del papel relevante e imprescindible de los ingenieros/as agrónomos, técnicos/as y asesores/as en la incorporación de las nuevas tecnologías y métodos de cultivo en nuestros campos. Conocimiento, profesionalización y tecnología aplicado a la agricultura, para asegurarnos un futuro sostenible.

La mesa estará moderada por el Secretario Técnico del COIAA, Diego Díaz de la Serna Vázquez, y contará con la participación de otros expertos como Antonio Manuel Conde López, #IngenieroAgrónomo, Luis Carlos Brox Moreno (Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de Albacete), Simó Alegre Castellví (IRTA (Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentarias).

 

El papel de los ingenieros agrónomos, técnicos agrarios y asesores en la incorporación de las nuevas tecnologías y métodos de cultivo en el campo español

Los ingenieros agrónomos, técnicos agrarios y asesores desempeñan un papel fundamental en la incorporación de las nuevas tecnologías y métodos de cultivo en el campo español. Estos profesionales son los encargados de asesorar a los agricultores sobre las mejores prácticas y soluciones para sus explotaciones.

Las nuevas tecnologías y métodos de cultivo ofrecen numerosas ventajas a los agricultores, como un aumento de la productividad, una reducción de los costes de producción y una mejora de la sostenibilidad. Sin embargo, su implementación también plantea retos, como la necesidad de inversión y la adaptación a nuevas formas de trabajo.

Los ingenieros agrónomos, técnicos agrarios y asesores pueden ayudar a los agricultores a superar estos retos y a aprovechar las ventajas de las nuevas tecnologías y métodos de cultivo. Estos profesionales pueden asesorar sobre la selección de las tecnologías más adecuadas para cada explotación, la formación del personal y la implementación de las nuevas prácticas.

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Procedimiento de habilitación para el acceso REA-CUE autonómico en la Comunidad Valenciana y cumplimentación CUE

Procedimiento de habilitación para el acceso REA-CUE autonómico en la Comunidad Valenciana y cumplimentación CUE

Procedimiento de habilitación para el acceso REA-CUE autonómico en la Comunidad Valenciana y cumplimentación CUE

El pasado jueves 3 de octubre asistimos a la jornada formativa organizada por SERVICIO DE GESTION AGRARIA SOSTENIBLE | Dirección General de Política Agraria Común de la CV, sobre el procedimiento de habilitación para la cumplimentación del cuaderno digital de explotación agrícola (CUE) con acceso a los datos del Registro de Explotaciones Agrícolas de la Comunitat Valenciana (REA).

En este  documento, que sirvió de soporte a la formación, está toda la información  sobre el procedimiento necesario para la habilitación necesaria para entidades colaboradoras y habilitadas en la gestión del CUE y acceso al REA-CUE de la CV según la ORDEN 9/2024, de la Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca, que regula este procedimiento.

A continuación, os informamos de todo lo que hay que hacer en en el procedimiento de habilitación para la Comunidad Valenciana.

❗➡️ En este pdf tienes el Resumen de la Tramitación perfectamente explicado

FASE 1: TRÁMITE ELECTRÓNICO

📅 El plazo de presentación estará abierto todo el año

➡️ ❗IMPORTANTE: 

En la Comunidad Valenciana el procedimiento es el siguiente.

Son 4 fases en el procedimiento:

  • las 3 primeras son de inscripción como entidad habilitada CUE y también de los usuarios.
  • la última etapa (4ª) es la de gestión de las autorizaciones de los titulares para la representación, el acceso al REA-CUE autonómico y cumplimentación de datos.

1. TRÁMITE: Debéis rellenar en el trámite de la solicitud (documento de declaración responsable) tanto el acceso directo al CUE de la administración (SgaCex) como el de CUE-Comercial, con el nombre de la herramienta digital (software): VISUAL, y del dominio del servidor de la empresa desarrolladora (VisualNACert): visual.visualnacert.com

2. ALTA EN SINAPA: las Entidades que sean autorizadas por la Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca, se les otorgará perfil en SINAPA de Entidad Habilitada CUE dándoles de alta con su ámbito organizativo. Se les comunicará dicha autorización incluyendo los parámetros necesarios para solicitar el alta del recurso en gvCLAU-Externos (3ª fase del procedimiento) por parte de los usuarios Tipo de perfil de la EH y Localización (Código asignado a la EH)

3. ALTA USUARIOS ENTIDAD HABILITADA CUE en gvCLAU-Externos: Los Usuarios de la EH deben acceder a gvCLAU-Externos Login GVA. Este acceso se realiza mediante su certificado digital de persona física y acceder al menú Organizaciones externas Solicitar recursos externos. 

4. ALTA EN SINAPA AUTORIZACIONES DE TITULARES: La Entidad Habilitada es la encargada de recopilar las autorizaciones de todos los titulares de Explotación Agraria a los que vaya a cumplimentar el CUE. Se realizará a través del Módulo SgaPec Solicitud Única (gva.es) Los documentos que debe recopilar son

a. MODELO AUTORIZACIÓN REPRESENTACIÓN PARA CUMPLIMENTAR CUE: 67935-260954_BI_(Anexo_I).pdf (gva.es)

b. MODELO DE AUTORIZACIÓN DE ACCESO A LA INFORMACIÓN DEL REA y del CUE: 67937-260955_BI_(Anexo_II).pdf (gva.es)