Sabemos que adaptarse a los nuevos requisitos normativos puede resultar complejo, especialmente con los continuos cambios que afectan al sector agrícola. Por eso, en este artículo queremos explicarte de forma clara y directa qué es la Entidad Habilitada, por qué la necesitas para registrar tratamientos fitosanitarios y qué pasos debes dar si trabajas con Visual.
Si solo quieres entender lo esencial, aquí te lo resumimos. Y si necesitas profundizar o consultar fuentes oficiales, también te damos acceso a la información oficial y referencias técnicas si necesitas profundizar.
Utilizando el cuaderno VISUAL, conectado con el SIEX (Sistema de Información de Explotaciones Agrarias), podrás registrar electrónicamente los tratamientos fitosanitarios de forma automatizada, incluyendo los tratamientos sobre cultivo, semilla, postcosecha, equipamientos y almacenes. Esta conexión permite realizar el volcado al Cuaderno Digital de Explotación Agrícola (CUE) cumpliendo con todos los campos obligatorios definidos en la documentación técnica del FEGA.
Para poder hacerlo, es imprescindible dar un paso previo: tener una entidad habilitada registrada en la Comunidad Autónoma correspondiente. Esta es la figura que permite autorizar la conexión entre la explotación agrícola, la herramienta digital y el sistema REA-CUE.
La mayoría de Comunidades Autónomas ya tienen operativos sus registros y trámites específicos para realizar la inscripción.
Consulta todos los trámites disponibles por Comunidad Autónoma en el siguiente botón:
RECUERDA: SI UNA EXPLOTACIÓN TIENE PARCELAS EN VARIAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS, LA INSCRIPCIÓN DEBE REALIZARSE EN AQUELLA EN LA QUE TENGA REGISTRADA LA MAYOR SUPERFICIE AGRARIA.
⚠️ Ten en cuenta que cada CCAA puede denominar este trámite de forma distinta. Asegúrate de identificar correctamente el procedimiento en tu portal autonómico. Te mostramos algún ejemplo:
Una vez inscrita la Entidad Habilitada, debe acceder con su certificado electrónico al sistema de su Comunidad Autónoma, bien a través de SGA o del portal correspondiente (Cataluña, Galicia, Castilla y León o Euskadi), y establecer la relación entre el titular, la entidad y el cuaderno VISUAL (como herramienta CUE-Comercial).
En las CCAA deberá existir un registro similar a éste:
Y para cada fila de la tabla anterior se deben registrar los NIFs de las explotaciones que se van a tramitar con cada una de ellas
👉 Estos son los campos que deben informarse para establecer el vínculo :
👉 La Entidad Habilitada debe custodiar las AUTORIZACIONES de los titulares de explotaciones, según la documentación técnica FEGA corresponden a los modelos de los Anexos VIII y IX. Algunas CC. AA. Han realizado una adaptación de estos modelos estándar de FEGA, pero siempre corresponderían a 2 tipos de autorización:
En esta sección resumimos los puntos clave sobre la figura de la Entidad Habilitada, con respuestas a las dudas más habituales de nuestros clientes y usuarios.
Es una persona física o jurídica registrada oficialmente en su Comunidad Autónoma con capacidad para representar a titulares de explotaciones agrícolas y tramitar el Cuaderno Digital en su nombre.
La entidad habilitada es una persona física o jurídica que va a ejercer como sujeto de intermediación con las explotaciones agrícolas para la cumplimentación del Cuaderno Digital de Explotación Agrícola, directamente o a través de una herramienta digital, utilizando un cuaderno comercial (CUE-Comercial).
Este registro permite autorizar a herramientas como Visual para acceder e intercambiar datos con los sistemas implantados de REA-CUE en cada comunidad autónoma (C. A.)
Visual está reconocida como herramienta desarrolladora del CUE-Comercial en todas las Comunidades Autónomas.
Pero para que pueda conectarse con tu explotación y registrar los tratamientos fitosanitarios, se necesita que tu explotación esté vinculada a:
Si esa dupla de datos no está registrada, no se podrá establecer comunicación con el sistema SIEX (Interfaz Única IUWS), aunque tengas Visual correctamente configurado.
Los casos más comunes son:
Paso 1. Asegúrate de que tú o tu asesor/cooperativa estáis registrados como Entidad Habilitada.
Paso 2. Si ya tienes Entidad Habilitada, en septiembre nos pondremos en contacto contigo desde Visual para pedir los datos necesarios (NIF de titular y de entidad habilitada).
Paso 3. Desde Visual nos encargaremos de la parte técnica para conectar tu explotación con el CUE de tu Comunidad Autónoma, una vez nos hayas proporcionado los datos.
Paso 4. Verifica en tu organización de Visual que esta información esté bien reflejada y estructurada a nivel de parcelas agrícolas vinculadas a tu explotación/es agrícola/s. Todos los titulares y representantes deben estar correctamente informados.
En ese caso, puedes:
Esta imagen resume los pasos necesarios para que tu explotación esté lista para registrar tratamientos con Visual a partir de 2026.
Este apartado está pensado para técnicos, asesores o usuarios que quieran ampliar información o consultar directamente las fuentes legales y técnicas.
📚 Legislación aplicable
Más info
👉 El Gobierno aprueba la norma que establece la voluntariedad del cuaderno digital de explotación
Visual utiliza la versión 3.3.2 de la interfaz IUWS para conectar con los REA-CUE autonómicos.
Para que la conexión sea válida, se requiere incluir en cada llamada:
https://servidor:puerto/IUWS/exportarREA/{NIF titular}_{CIF Entidad Habilitada}
Estas llamadas se activan solo si existe autorización formal entre titular y entidad habilitada.
En Visual debe informarse:
En resumen
A partir de enero de 2026, será necesario registrar electrónicamente los tratamientos fitosanitarios en el CUE.
Si trabajas con Visual, necesitarás contar con una Entidad Habilitada registrada en tu Comunidad Autónoma.
En septiembre, nos pondremos en contacto contigo para solicitar los datos necesarios y ayudarte a completar el proceso.
Te acompañamos paso a paso para que cumplas con la normativa sin complicaciones.
Puedes escribirnos a atencionalcliente@visualnacert.com o contactar con tu consultor habitual de Visual.
Estaremos encantados de ayudarte.
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